¿BODAS ANTE NOTARIO?

Antes del verano el Consejo General del Notariado nos envió un folleto dedicado a Los notarios y las parejas. Debajo del título se puede leer: Bodas y divorcios, capitulaciones matrimoniales y parejas de hecho.

No se trata de polemizar pero tengo la sensación de que la palabra “boda” hace referencia a un ritual o ceremonia que tiene poco que ver con una escritura pública. Vestidos especiales, ramo de flores, anillos, promesas, discursos, epístolas… acompañan a la celebración de un contrato de matrimonio que, desde hace poco, puede formalizarse en escritura pública donde consta la libertad y voluntad de contraer matrimonio y unos artículos del Código Civil alusivos a dicho contrato.

Abundando en esta idea de la ceremonia, leo en el número 107 de Escritura Pública que “El Colegio Notarial de Valencia oficia su primera boda ante notario”. El titular se las trae porque el Colegio Notarial, como sede, más que oficiar puede acoger esa boda y el Colegio Notarial como colectivo de todos los notarios y notarias de la Comunidad dudo que oficiaran nada. Dicho esto, la noticia habla del salón de la Reina como lugar elegido por la pareja de novios e insiste en que el Colegio Notarial “abre a la sociedad su edificio de 1883 y las sedes de Alicantes y Castellón para oficiar matrimonios”.

Siempre según el cronista “los novios protagonizaron una emotiva celebración acompañados por sus familiares más cercanos… Como manda la tradición, el padre de la novia acompañó a XX hasta el “altar”, un escenario presidido por un retrato al óleo de tamaño natural de Isabel II, no sin antes descender por la escalera del Salón de la Reina. Tras dar la bienvenida a novios, testigos y resto de asistentes, el notario dio lectura a los artículo 66 y 68 del Código Civil y, tras el intercambio de anillos y la firma de la escritura notarial, el notario otorgó fe pública de este primer matrimonio celebrado en el Colegio Notarial de Valencia.”

No consta el día de la semana de la boda anterior porque, según lo leído, esa fue una boda con todas las de la ley. No siempre es así. Imagino que de las 483 escrituras de matrimonio otorgadas en la Comunidad Autónoma de Valencia desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, no todas habrán estado acompañada de semejante pompa y circunstancia.

Pero es cierto que estamos recibiendo llamadas en nuestros despachos en que los contrayentes pretenden que el notario se desplace a algún lugar en concreto, donde tendrá lugar la celebración, y allí se firme la escritura correspondiente. En la mayoría de las ocasiones, el día elegido es sábado o domingo. De momento, queda a la libre decisión del notario trabajar en días festivos y desplazarse voluntariamente dentro de su distrito a lugares de su competencia o sin notaría demarcada, pero entiendo que los notarios, funcionarios del Estado, no tienen ninguna obligación de hacerlo y pueden, podemos, limitarnos a autorizar escrituras en las notarías y en días laborable.

Como es costumbre, desde que el entonces Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, apareciera en algunas emisoras anunciando las bodas ante notario y hasta su tarifa, el gobierno no ha dicho una palabra del asunto. No es algo sorprendente porque este gobierno es más bien dado a la inacción y así cada funcionario fijará sus honorarios como mejor crea dentro de los parámetros del arancel notarial y saldrá o no, fuera de horas o no, como crea conveniente.

¿Urge regular esta cuestión? Parece que hay cosas que tienen más trascendencia. El coste de la escritura de matrimonio, la reforma de la Ley Hipotecaria, la eliminación del fax como medio de comunicación de notas simples registrales, etc., etc., puede esperar. ¿Quosque tandem, Don Rafael?

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