La compraventa es un contrato habitual que realizamos constantemente, casi sin darnos cuenta porque nos gusta “ir de compras” o tenemos que “hacer la compra”. La compraventa de un inmueble es una operación menos frecuente que, además de las dos partes principales, compradora y vendedora, pone en juego muchos otros factores.
El papel de la notaría consiste en coordinar todos los intereses en juego y controlar la documentación necesaria para conseguir que la operación concluya satisfactoriamente…
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En otra sección decimos que el último testamento o la declaración de herederos del que ha fallecido sin testar, determina el destino de sus bienes y derechos.
Así hablamos de herederos, que suceden al difunto con carácter general, y legatarios, que reciben cosas o derechos concretos. Esta distinción es sumamente simple y es fácil comprender que tiene muchos matices que no son del caso…
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El testamento es un documento en el que una persona deja por escrito su última voluntad, es decir, adónde quiere que vayan sus bienes o derechos después de su muerte.
Una persona puede hacer testamento tantas veces como quiera y, lógicamente, el último que haya otorgado será lo que llamamos última voluntad, que regirá su sucesión.
Cuando una persona muere sin haber hecho testamento, su sucesión es determinada por la ley. Depende de la nacionalidad del difunto y, dentro del estado español, de la comunidad a la que pertenezca…
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Aunque hay excepciones, la compraventa de viviendas suele llevar aparejada la concesión por parte de una entidad de crédito de un préstamo. Son cantidades importantes de dinero con largos plazos para su devolución y que además de la garantía personal del deudor cuentan con una garantía añadida: la hipotecaria.
La hipoteca, palabra famosísima y mal utilizada en general, es un derecho de garantía que el prestamista, generalmente un banco, establece a su favor por si el deudor no puede pagar el préstamo…
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La posibilidad de que una persona, física o jurídica, sea representada por otra es uno de los mayores logros del Derecho. Es una obviedad que las compañías mercantiles, las asociaciones, las fundaciones, necesitan de personas que las representen pero las personas físicas también precisan de ese mecanismo jurídico. Los negocios, cada vez más complejos, no podrían realizarse si no existiese la representación.
Podemos distinguir tres tipos de representación: legal, orgánica y voluntaria…
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El matrimonio, desde un punto de vista jurídico, es un contrato que tiene un aspecto personal y otro económico. De este segundo aspecto surge la idea de régimen económico matrimonial, es decir, el sistema por el que se rigen las relaciones económicas entre cónyuges.
Cada legislación tiene un régimen denominado legal, que se aplica automáticamente, y otros regímenes que se pueden acordar por los cónyuges una vez casados e incluso antes de contraer matrimonio…
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Para solicitar copia de aquellos documentos de los que sea otorgante o en los que crea tener un interés legítimo, póngase en contacto con nosotros por teléfono, e-mail o pasando por la notaría.
Tenga en cuenta que sólo el notario titular del protocolo o su sustituto legal pueden expedir copias de las escrituras o de las pólizas intervenidas.
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