El Poder Testatorio

Una de las joyas del derecho foral, se ha extendido merced a la citada ley de 2015 a los tres territorios históricos.
El testador confiere poder a una persona, casi siempre el cónyuge o la pareja en el caso de matrimonio o uniones de hecho, para que, como comisario suyo, una vez fallecido, organice su sucesión de la manera que tenga más conveniente.
Este poder faculta al comisario para muchas cosas, incluso para hacer testamento en nombre del difunto testador y cambiar sus disposiciones. Por eso llama mucho la atención ver en algunos certificados de últimas voluntades que una persona, por ejemplo fallecida en 2004 tenga un testamento otorgado en 2009.
Normalmente, los poderes testatorios van acompañados, en el mismo documento, de un testamento llamado preventivo que entrará en juego si el comisario no quiere o no puede hacer uso de su poder testatorio. Desarrollaremos todas estas ideas.

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